Ayudar con las exenciones de inmigración en California

Enfrentarse a la inadmisibilidad no tiene por qué significar el final de su viaje de inmigración. Nuestros expertos legales ayudan a los clientes a solicitar exenciones para superar las barreras a la residencia.

Identificando Sus opciones de exención

Evaluamos si usted califica para exenciones como la I-601, la I-601A o la I-212, según sus circunstancias migratorias específicas.

Preparando una aplicación sólida

Nuestros abogados elaboran una solicitud de exención persuasiva respaldada por argumentos legales, pruebas y documentación de respaldo.

Navegando el proceso de apelación

Si se deniega su exención, le brindamos orientación estratégica para volver a presentar una solicitud, presentar apelaciones o buscar recursos legales alternativos.

Exención I-212: Permiso para volver a solicitar la admisión después de la deportación o expulsión

Si lo deportaron o lo expulsaron de los Estados Unidos, es posible que esté sujeto a una prohibición legal que le impida regresar durante varios años. Sin embargo, en ciertas situaciones, es posible que puedas solicitar una exención del I-212, también conocida como permiso para volver a solicitar la admisión a los EE. UU. después de una deportación o expulsión.

En The Jurado Firm, nuestros experimentados abogados de inmigración ayudan a las personas a navegar por el proceso de exención de la I-212 y a luchar por una segunda oportunidad para volver a ingresar a los EE. UU.

¿Qué es una exención I-212?

La exención I-212 es una solicitud formal que se hace al gobierno de los EE. UU. para permitir que una persona que ha sido deportada o expulsada anteriormente solicite el reingreso antes de que finalice su período de reingreso. Esta exención suele ser necesaria para las personas que desean regresar a los EE. UU. por motivos familiares, laborales o humanitarios.

¿Cuándo se requiere una exención I-212?

Por lo general, se requiere una exención I-212 si:

  • Deportado o expulsado de los EE. UU. en virtud de cualquier ley de inmigración
  • Excluido anteriormente en la frontera o declarado inadmisible
  • Sujeto a una prohibición permanente de 3, 5, 10 años o permanente, según su historial de inmigración

¿Qué necesita para postularse?

Para presentar una solicitud de exención I-212 exitosa, debe demostrar que su regreso a los EE. UU. no iría en contra de la seguridad nacional o el interés público. La evidencia puede incluir:

  • Lazos familiares fuertes en los Estados Unidos (cónyuge, hijos, padres)
  • Prueba de dificultades para familiares ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales
  • Intereses laborales o comerciales en los EE. UU.
  • Evidencia de rehabilitación o cambio de circunstancias
  • Documentación de cualquier motivo humanitario para el reingreso

La solicitud se presenta en la oficina correspondiente del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) o, en algunos casos, en el consulado de los Estados Unidos en el extranjero.

Consideraciones importantes

  • La aprobación de una exención I-212 no es automática. Cada caso se evalúa en función de sus hechos únicos y las pruebas que lo respaldan.
  • Incluso si se aprueba la exención, no garantiza la emisión de una visa ni la entrada a los Estados Unidos.
  • El proceso puede ser complejo y llevar mucho tiempo, y los errores legales pueden provocar demoras o denegaciones.

Por qué necesita un abogado de inmigración

En The Jurado Firm, entendemos lo importante que es su caso. Nuestro equipo legal hará lo siguiente:

  • Evalúe su elegibilidad para la exención I-212
  • Ayudarle a reunir y presentar pruebas de apoyo convincentes
  • Prepare un argumento legal sólido para aumentar sus posibilidades de aprobación
  • Representarlo durante todo el proceso ante el USCIS o el consulado

Si usted o un ser querido ha vivido en los Estados Unidos sin estatus legal, es posible que se lo considere inadmisible debido a su presencia ilegal. Afortunadamente, la exención provisional por presencia ilegal I-601A ofrece una solución legal que le permite solicitar una tarjeta verde sin la incertidumbre de estar separado de su familia durante meses o incluso años.

En The Jurado Firm, ayudamos a los clientes a solicitar la exención I-601A con confianza y claridad, guiándolos en cada paso del camino hacia la residencia legal.

Exención provisional I-601A por presencia ilegal | Presente su solicitud sin salir de EE. UU.

¿Qué es la exención I-601A?

La exención I-601A es una exención de inmigración especial para las personas que han acumulado más de 180 días de presencia ilegal en los EE. UU. Esta exención ayuda a los solicitantes que reúnen los requisitos a evitar la prohibición de 3 o 10 años que se aplica al salir del país para asistir a una entrevista de visa en el extranjero.

A diferencia de las exenciones tradicionales, la I-601A permite a los solicitantes solicitar una exención mientras aún se encuentran en los EE. UU., lo que ofrece tranquilidad y reduce el riesgo de una separación prolongada de la familia.

¿Quién es elegible para la exención I-601A?

Para calificar para la exención I-601A, los solicitantes deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar físicamente presente en los Estados Unidos al momento de presentar la solicitud
  • Tener una solicitud de visa de inmigrante aprobada (formulario I-130)
  • Ser cónyuge o hijo (soltero y menor de 21 años) de un ciudadano estadounidense o residente permanente legal
  • Demuestre que su pariente calificado sufriría dificultades extremas si se le niega la admisión al solicitante
  • No tener otros motivos de inadmisibilidad (penal, fraude, etc.)

¿Qué sucede después de que se apruebe la I-601A?

Si se aprueba su exención I-601A:

  • Saldrá de los EE. UU. y asistirá a su entrevista para la visa en un consulado o embajada de los Estados Unidos en el extranjero
  • Debido a que la exención está preaprobada, puede regresar a los EE. UU. con el estatus de residente permanente legal (tarjeta verde)
  • Su tiempo en el extranjero se reduce al mínimo, lo que reduce el estrés y la separación familiar

Si se niega la exención, es posible que deba explorar otras opciones legales o solicitar una exención tradicional desde fuera de los EE. UU.

Por qué necesita un abogado de inmigración de confianza

El proceso I-601A es altamente técnico y requiere una preparación cuidadosa. La presentación de información incompleta o inexacta puede provocar demoras o denegaciones. En The Jurado Firm, lo ayudamos a:

  • Evalúe la elegibilidad para la exención
  • Reúna y presente pruebas sólidas de dificultades extremas
  • Complete y archive la I-601A de manera precisa y puntual
  • Prepárese para los próximos pasos del proceso de su tarjeta verde

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El Firma Jurado se enorgullece de servir en el área de Los Ángeles y más allá con la orientación de expertos en una miríada de áreas de práctica.

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Clientes reales, Resultados reales

Vea cómo hemos ayudado a personas, familias y negocios navegue el proceso de inmigración con confianza y éxito.

«Extiendo mi más profundo agradecimiento a mi abogada Whitney por su excelente representación legal en mi caso de asilo. Su profesionalismo, experiencia y dedicación fueron fundamentales para obtener un resultado exitoso. También a mi asistente legal Xiomara, le agradezco profundamente su excelente trabajo en mi caso. Su habilidad para explicarme cada detalle del proceso de manera clara y concisa fue inestimable. Y, por supuesto, gracias a todo el equipo de la Firma Jurado. Siempre estuvieron disponibles para responder a mis preguntas y me mantuvieron informado en todo momento».

Derling

«Hola a todas aquellas personas que desean iniciar un proceso de inmigración, como un ajuste de estatus, permítanme recomendarles la Firma Jurado. Estoy en proceso y estoy muy contento con su servicio y asistencia en todo momento. Gracias al abogado y a su asistente, la señorita Stephanie, que es una persona esencial que nos ha ayudado desde el principio y ya me dieron mi permiso de trabajo. Muchas gracias, señorita Stephanie, y también a todo el equipo que hace posible la consecución de este sueño».

Familia García

«Pude obtener una consulta gratuita con el abogado Carlos en The Jurado Firm y, finalmente, decidí ir con ellos. Mi asistente legal era Stephanie en la dirección de Bakersfield y, en general, mi experiencia fue rápida y fácil. Empecé con ellos en la primavera de 2023, unos meses tranquilos porque tenía que poner todos mis documentos en orden, pero en diciembre de 2023. Presenté mis documentos y, tras las vacaciones de febrero de 2024, presentaron mi cambio de estatus y, en marzo de 2024, recibí mi tarjeta verde en poco menos de 45 días».

Los Mendoza

Preguntas frecuentes sobre la exención de inmigración

Navegar por la ley de inmigración puede ser complejo. Estas son las preguntas más comunes que recibimos para ayudarlo a guiarlo a través del proceso.

¿Qué es una exención de inmigración y cuándo la necesito?

¿Cuáles son los tipos más comunes de exenciones de inmigración?

¿Cuánto tiempo lleva obtener la aprobación de una exención de inmigración?

¿Puedo permanecer en los EE. UU. mientras se tramita mi exención?

¿Qué sucede si se deniega mi solicitud de exención?

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